Por el momento, las limitaciones que fijan los cambios en las titulaciones náuticas actuales son las siguientes:
- Sin titulación: embarcaciones de motor de hasta 4 metros de eslora y hasta 11KW de potencia de motor y de vela de hasta 5 metros.
- Autorización federativa (el llamado titulín): 6 metros y hasta 40KW
- Patrón de Navegación Básica (PNB): 8 metros de eslora en veleros y 7,5 en motoras con potencia adecuada y hasta un máximo de 5 millas de un abrigo
- Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER): hasta 12 metros de eslora y una separación máxima de la costa de 12 millas. También está permitida la navegación entre islas Baleares y Canarias.
- Patrón de Yate (PY): hasta 20 metros de eslora y una separación a la costa de 60 millas.
- Capitán de Yate (CY) sin limitación alguna.
En consecuencia para ir de la Península a Baleares por el sitio más cercano (de Denia a Ibiza) era necesario el Patrón de Yate ya que hay unas 47 millas entre los dos puntos y con el Patrón de Yate podías cruzar por cualquier punto de la Península a Baleares, dado que nunca estás más de 60 millas alejado de la costa.
Es curioso no obstante que con el PER sí estuviera permitida la navegación interinsular cuando entre Ibiza y Mallorca hay más de 44 millas de distancia y entre Fuerteventura y Gran Canaria 46 millas.
Varios comunicados de Marina Mercante anuncian (si bien aun no ha aparecido en el BOE y por lo tanto no hay nada oficial) que se están preparando una serie de medidas para facilitar el acceso a la náutica. Según estas declaraciones los nuevos límites quedarían así:
- Sin titulación: 6 metros y hasta 50KW de potencia de motor
- Autorización federativa (el llamado titulín): desaparece
- Patrón de Navegación Básica (PNB): sin limitación de eslora y hasta un máximo de 5 millas de un abrigo
- Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER): sin limitación de eslora y una separación máxima de la costa de 12 millas. También estárá permitida la navegación entre islas Baleares y Canarias y la navegación de la Península a Baleares.
- Patrón de Yate (PY): sin limitación de eslora y una separación a la costa de 100 millas.
- Capitán de Yate (CY) sin limitación alguna.
Desde Nautal creemos que estas medidas van en la buena dirección y hacen alinearnos más con Europa, dado que España era de los países más restrictivos en este aspecto y además elimina que con PER no se permitía ir de Denia a Ibiza pero sí se permitía cruzar entre islas con la misma distancia.
No obstante es importante resaltar que esto hará que probablemente se reduzcan mucho las titulaciones en España debido a que:
- 6 metros y 50 KW es una embarcación que ya cubre las necesidades de mucha gente
- Muchos de los Patrones de Yate se sacaron este título para poder ir a las Baleares.
Lo importante que debería hacernos reflexionar según nuestro entender es: ¿sale realmente preparada una persona que se saca el PER? Normalmente y si no tiene experiencia previa, la respuesta es no.
Esto hace que por prudencia la mayoría de gente que alquila un barco por primera vez quiera contar igualmente con un patrón o instructor que le ayude a ir soltándose y a coger experiencia.
Recuerda que en Nautal tienes disponible para el alquiler tanto barcos sin patrón como barcos con patrón, por lo que eres tú el que eliges cómo disfrutar del mar.
40 comentarios
Buen artículo y mejor blog, sobre todo para los que estamos iniciandonos en el mundo de la navegación. En diciembre tengo el examen del PER. Ya he pasado el link a varios colegas que tambien se lo están intentando sacar. ¿Con los nuevos cambios se puede ir 40 millas al norte en el Cantábrico por ejemplo, o solo para ir a las islas?
Un saludo.
Gracias, intentaremos seguir aportando todo lo que podamos.
De momento todo son rumorologías, hasta que no aparezca en el BOE no hay nada seguro, pero lo que más hemos oído es lo de autorizar la navegación de la península a las islas Baleares, no el aumentar toda la distancia máxima para el PER.
En primer lugar felicidades por el blog.
Me estoy planteando sacarme el PER, y la duda que me asalta es: Espero a ver si hay modificaciones o me examino lo antes posible? Se dificultara el temario o no afectara?
Gracias
Yo personalmente me lo sacaría.
Incluso de habla de aumentar las prácticas por lo que te saldría más caro si esperas.
Pero como siempre: son rumores todo
Saludos y buena proa
Buenas,
en primer lugar felicidades por el blog.
A mi me gustaría saber si es cierto un rumor que he escuchado acerca de este tema. Si ya tienes el PNB y te interesa sacarte el PER, ¿el obligatorio aprobar de nuevo el teórico? He escuchado cierto rumor que convalidaría el teórico del PER con el PNB, y aprobando las prácticas del PER, ya tendrías ambos… (No estaría mal..)
Gracias,
un saludo.
Muchas gracias por las felicitaciones 🙂
No lo hemos oído de ninguna fuente más o menos fiable, pero quien sabe… hasta que no salga en el BOE todo son suposiciones.
Un saludo Agatha.
Hola..pues yo lo veo mal,que no se necesite titulacion para manejar una embarcacion de 6m lo veo un error,es lo mismo que los vehiculos de cuatro ruedas sin carnet..hay que aprender unos minimos,que luego viene los accidentes.
Hola, En Junio aprobé el PNB y acabo de terminar las prácticas. Me aconsejan hacer las prácticas del PER y presentarme en la siguiente convocatoria. La pregunta es, si cambia las atribuciones a principios del 2014 o después,¿ que pasa con las personas que hagan las prácticas del PER ? ¿Les harán hacer más prácticas o habrán tirado el dinero y no servirán las antiguas?. Que yo sepa, las prácticas caducan a los 18 meses, ¿ que pasaría con esas prácticas?,¿servirían?. Estoy por llamar a Capitanía, de seguir con las prácticas, sería ya y no quiero tirar el dinero.
Un saludo.
Hola,
Te aconsejo esperar a ver qué pasa esta semana.
Hay el salón Náutico de Barcelona y están previstas unas declaraciones del Director de Marina Mercante.
A vér qué dice…
Saludos
Muchas gracias. Un saludo.
Hola,
En la página del ANEN ha salido publicado en el apartado de Sala de Prensa, este comunicado:
«En respuesta a la reivindicación de las empresas del sector
La DGMM en colaboración con ANEN ultima el texto legislativo para la reforma de las titulaciones náuticas
– El texto de la Orden Ministerial que regulará las titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo se circulará a los agentes sociales en los próximos días.
– Ampliar y homologar las atribuciones de los títulos náuticos en España con el marco legislativo vigente en países de nuestro entorno europeo es el objetivo de la reforma normativa impulsada por ANEN y ejecutada por la Dirección General de la Marina Mercante, que se aplicará una vez entre en vigor la futura Orden Ministerial.
Barcelona, 25 de septiembre de 2013.-
Han sido varias las modificaciones que se han hecho en el texto del proyecto de la Orden Ministerial que reformará las titulaciones náuticas. El motivo no ha sido otro que adecuarlo a las demandas de los diferentes subsectores que conforman el sector náutico y contribuir con ello a ganar competitividad y dinamización del mercado, sin olvidar la seguridad humana en la mar.
Para ello, se han incorporado las siguientes mejoras:
– Se elimina la limitación de potencia de la licencia federativa (titulín), que con la nueva normativa permitira gorbernar embarcaciones de hasta seis metros de eslora y con potencia recomendada por el fabricante.
– Se amplía la eslora de las embarcaciones a motor y vela, hasta 8 metros, que podrán ser gobernadas con el PNB (Patrón de Navegación Básica) y se delega exclusivamente en las escuelas náuticas la expedición de dicha titulación, sin necesidad por tanto de superar los exámenes convocados por la administración.
– Se aumentan las atribuciones del PER (Patrón de Embarcación de Recreo), con el que se podrán gobernar embarcaciones de recreo sin limitación de eslora (en lugar de los 12 metros actuales), hasta 12 millas de la costa; permitiendose la navegación entre la Islas Canarias y Baleares y también entre la península y las Islas Baleares.
Además, una vez superada la teoría para obtener el PNB, no será necesario repetirla para acceder al PER.
– Se amplían las atribuciones del título de Patrón de Yate, que permitirá gobernar embarcaciones sin límite de eslora (en sustitución de los 20 metros actuales) y hasta 100 millas (en lugar de las 60 actuales) de la costa, incluido todo el mediterráneo.
– Se contempla la posibilidad de que los títulos naúticos de PER, Patrón de Yate y Capitán de Yate puedan facultar a desarrollar actividades profesionales a bordo de embarcaciones de recreo. No obstante, por requisitos legislativos, esta cuestión será tratada en un Real Decreto que se tramitará en paralelo a la Orden Ministerial.
– Se simplifican, racionalizan y actualizan los temarios tanto de teoría como de las prácticas.
Con estas mejoras y una vez que el texto sea remitido a los agentes sociales, ANEN presentará, si lo considera oportuno, las posibles alegaciones para mejorar si cabe el texto definitivo». ¿Debería esperar a convalidar el examen del PNB por el del PER?.
Muchas gracias.
Un saludo.
En efecto, muchas gracias por la aportación.
Va quedando todo más claro.
Un saludo
hola…..y los que vivimos en cadiz para ir a mas de doce millas con el per¿ tenemos que ir a malorca? no lo entiendo. Entonces a los de per doce millas y al patrón de yate cien millas…. hay mucha diferencia en la distancia no? nos podrían dejar por lo menos veinte millas y ganaríamos algo que a todos le han dado algo menos a los de per vamos digo yo….
Totalmente de acuerdo contigo, las atribuciones en comparación a Europa y por esfuerzo realizado son demasiadas…
a mi punto de ver y viendo todas las distancias entre islas , se deberían generalizar a toda España la distancia de navegación para el per y no discriminar a los patrones de otras regiones que no podemos ir a las islas y nos tenemos que conformar donde vivimos. si al patrón de yate se les da 100 millas como se dicen porque al per se le puntualiza con las islas y no se les aumenta la distancia.
ejemplo: si las distancias entre islas mas o menos y entre Denia e Ibiza rondan las 50 millas , si atribuyen las 25 millas de distancia no habría que poner excepciones y se acogerían todos los per y no habría discriminación.
Buenas,
Me parecen muy bien los cambios que se quieren llevar a cabo.Mi duda es si uno que ya tiene el titulo de PNB en la actualidad podrá pasar a PER haciendo las nuevas practicas que correspondan.
Saludos,
Eso parece.
Cuando veamos el BOE informaremos más, pero lo que han comunicado va en esta línea.
Y con el PER podrás ir (parece) a las Islas Baleares y llevar barcos de hasta 24 metros por lo que es increíble el salto en las atribuciones que tendrás.
Disfrútalas con prudencia, pero ¡disfrútalas!
Hola, actualmente tengo el titulin que se me caduca el año que viene y veo aqui q desaparece el año q viene. Tengo una barca de 5m eslora aprox. y 50cv de motor.
Tendré que sacarme el pnb o sino me equivoco y segun he leido los que no tengan titulación q anteriormente podian llevar barcas de 4m eslora y 11kw de potencia pasaran a poder llevar barcas de hasta 50kw potencia motor y 6m eslora ahora q desaparece el titulin?
Saludos
Hola , saludos a todos por favor me estoy iniciando en esto de la navegacion , si alguien es tan amable de decirme cual es la eslora y la cilindrada del motor que puedo utilizar sin titulin se lo agradeceria mucho. Es por enpezar con algo pequeño para no meterme en lios asta que coja practica suficiente para no causar problemas alas dem embarcaciones ( osea mantenerme cerca de la horilla)
porque al titulin no le dan 7 metros pero vaya ya hemos ganado que los 6 metros puedan llevar el motor que haga falta a la embarcación por que 6 metros y 50 caballos era muy poco una barbaridad
Si esto es cierto, a mi me parece una autentica burrada que no sea necesario ningún tipo de preparación para llevar 6m y 50kw. Va a acarrear accidentes y ya veremos de quien es la responsabilidad civil y a que nivel.
En primer lugar dar las gracias por este blog, porque me estaba volviendo loco buscando información sobre los nuevos cambios en las titulaciones, y en segundo lugar me gustaría saber si estos cambios han sido ya oficiales para poder decantarme por una titulación u otra con seguridad de sus atribuciones.
Hola,
Me falta presentarme a Navegacion de Capitan de Yate y las practicas. Mi pregunta es si hay prevision de cambios en el temario. Y si se prevee que se semplifique o que se complique.
Saludos.
Xavier
Los últios rumores (aun no hay nada aprobado) apuntan en general a simplificación de la teoría y ampliación de la práctica. Veremos cómo queda 🙂
En primer lugar muchas gracias por la información: muy escueta y detallada, por cierto.
Por mi parte, quiero realizar una pregunta en referencia a estas dos afimaciones:
Sin titulación: 6 metros y hasta 50KW de potencia de motor
Autorización federativa (el llamado titulín): desaparece
La cuestión es que pienso comprarme una embarcación de 6 metros para marzo de 2014 y he preguntado en los lugares en los que se prepara el titulín y me dicen que no desaparece, sino todo lo contrario: le van a dar más prestaciónes (mayor potencia).
Nadie confirma la desaparición del titulín, aunque lo haya visto en varias noticias y foros.
¿Estais seguros de que desaparece?
Muy buenas, si de PNB a PER basta con hacer prácticas tendría que ser igual del PER a PY y de esa manera no habría que aumentar distancias y nadie se sentiría discriminado ¿no? (Hay serebriños….)
Buena proa.
Veremos cómo queda la normativa, pero parece claro que el sacarse el PY es menos necesario si permiten aumentos de esloras y poder ir a Baleares con el PER.
Saludos
Mi pregunta es, si ahora permiten a un PER ir hasta las Baleares y la embarcacion de un PER esta autorizada para Categoria C, Zona 4, hasta 12 millas. Me imagino que no podra ir con su propia embarcacion hasta que la habilite para Categoria B, Zona 3, hasta 25 millas. Un saludo y enhorabuena por el Blog
A ver cómo quedar lo del PER, seguramente deberás hacer prácticas adicionales.
Y en efecto, para cruzar igualmente el barco también deberá cumplir con sus atribuciones, zona 3 o 2.
Saludos!
Llevamos mucho tiempo leyendo las modificaciones de las atribuciones de los títulos náuticos, pero de momento no hay nada de cierto. Hay alguna información certera que nos indique para cuando entrarán en vigor estas modificaciones?
Saludos y felicidades por el blog!!
Ahora sí que ya está en el ministerio y en 2-3 meses deberían aprobarlo.
Saludos!
Hola. Yo he oido una cosa que me gustaría saber si es cierta: he oido que con el PER, para ir, por ejemplo, de Mallorca a Ibiza, puedes,pero hay que pedir permiso igual que cuando vas a cabrera, ¿alguien sabe algo?
gracias, un saludo
Por el momento no se puede.
Se habla de que se podrá, pero no pidiendo permiso sino sacándose unas prácticas adicionales.
es una salvajada entregarle un barco a alguien que no sabe los mínimos de navegación. y más salvajada sería pretender que tuvieran atribuciones profesionales los capitanes de yate. quien quiera trabajar en el mar, hay vías legales que tienen muchas más prácticas que un capitán de yate
De acuerdo con la primera frase de tu comentario, pero hay muchos capitanes de yate con más conocimientos de navegación de una embarcación de recreo que un titulado por la mercantil.
En teoría para supervisar un campo de boyas o salir medio día con una lanchita con unos clientes no creemos que debiera ser necesarias las titulaciones mercantiles.
Hola , no tengo muy claro si ya estan en vigor las nuevas leyes .
Estoy decidida a comprarme un barquito no grande , pero ya no se q medida seria mejor y si necesito o no titulin o no . Gracia de antemano.
Mírate esta infografía, creo que aclarará tus dudas.
http://www.nautal.es/blog/wp-content/uploads/2014/10/Reforma-titulaciones.png
Hola a todos,por fin se ha aprobado via ministerial las nuevas atribuciones….HOY MISMO!!!!
Ahora viene mi pregunta:Yo tengo el PER y me caduca en 2015.Con los nuevos cambios puedo llevar un velero de 14 metros sin hacer NADA??Para cruzar a Baleares debere de hacer solo las 24 horas de practica o tambien examen teorico??Que pasa cuando me caduque el titulo??Se me renueva o debo examinarme??Gracias por adelantado.
Entendemos que se te convalidará automáticamente, excepto la parte de ir a Baleares, que como dices necesaitarás hacer las 24 horas de navegación.
Hola navegantes.
Me adapté el titulo en el Prop en marzo, y aún no me ha llegado ninguna carta ni nada para ir a recogerlo o a capitanía o donde sea, o lo envían a casa?
Alguien sabe lo que suelen tardar?
Gracias. Un saludo.-